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Anexo de Confidencialidad para Upscale Ecommerce

INDIAN OCEAN CONSULTING S.L.U., Responsable del tratamiento de sus datos de carácter personal, le informa conforme a lo previsto en el RGPD de 27 de abril de 2016, que recaba y trata sus datos de carácter personal, aplicando las medidas técnicas y organizativas que establece el presente Reglamento con la finalidad de gestionar la relación que le vincula con el Responsable, así como poder remitirle cualquier tipo de comunicación a través de los medios designados al efecto. Usted da, como titular de sus datos, su consentimiento y autorización para dicho tratamiento. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al Responsable con dirección Paseo del Club Deportivo 1 15A (La Finca) 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid, España)

PRIMERA. Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial”, que reciban de la otra, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial de su propiedad.

Para efectos del presente convenio “Información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualesquiera de las partes ya sea en forma oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos, digitales o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada como tal al ser entregada a cualquiera de las partes.

Son tratados como “Información Confidencial” las siguientes:

SEGUNDA. Ambas partes se obligan a mantener de manera confidencial la “Información Confidencial” que reciba de la otra y a no darla a una tercera parte diferente de sus abogados y asesores.

TERCERA. Ambas partes se obligan a no divulgar la “Información Confidencial” a terceros, sin el previo consentimiento por escrito de la otra parte.

CUARTA. Ambas partes se obligan a tomar las precauciones necesarias y apropiadas para mantener como confidencial la “Información Confidencial” propiedad de la otra parte, incluyendo, mas no limitando, el informar a sus empleados que la manejan, que dicha información es confidencial y que no deberá ser divulgada a terceras partes.

QUINTA. Ambas partes están de acuerdo en que la “Información Confidencial” que reciba de la otra parte es y seguirá siendo propiedad de ésta última, a usar dicha información únicamente de la manera y para el único propósito autorizado de la realización del proyecto.

SEXTA. Las obligaciones establecidas en este convenio para ambas partes, respecto a la confidencialidad, de la “Información Confidencial” y al uso de la misma, prevalecerán a la terminación de este instrumento.

SÉPTIMA. Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos y obligaciones derivados del presente Contrato.